Sobre els permisos per fer fotografies, he llegit aquest article força interessant:
http://fotografiaperfecta.wordpress.com ... otografia/
Pel que fa als nostres interessos, cal aplicar el següent:
1.- ¿Pueden las fuerzas del orden hacernos borrar las imágenes de nuestra tarjeta de memoria o velar el carrete?
NO. Bajo ningún concepto. El único que puede ordenar la destrucción de la propiedad decomisada es un juez. Y para eso antes tiene que ser decomisada y por tanto constar en un informe y existir una denuncia.
2.- Si estoy fuera del aeropuerto y hago fotos al interior… ¿es legal?
Si es legal. Cualquier prohibición de realizar fotografías en un recinto no es aplicable fuera del recinto, apuntes a donde apuntes la cámara.
5.- ¿Es legal hacer fotos dentro de un aeropuerto?
En contra de la creencia popular que es que no, el caso es que en un lugar público, es legal hacer fotografías puesto que ninguna ley lo impide.
6.- ¿Puede alguien ponerme la mano delante del objetivo de mi cámara?
NO. Ni siquiera un agente de las fuerzas del orden a menos que me esté deteniendo. Y si te tocan la cámara, es una AGRESIÓN y es denunciable.
7.- ¿Puede un vigilante, guardia de seguridad, etc impedirme hacer fotografías en un lugar público?
NO. En ningún caso.
10.- Entonces, ¿puedo ir por un aeropuerto impunemente haciendo fotos a todo?
NO. No por todo el aeropuerto. Las zonas con acceso restringido NO tienen carácter de espacio público [...] Tampoco se aplica a las zonas en las que debes llevar un título de transporte o billete. Por ejemplo, podemos hacer fotos en el vestíbulo del metro, pero requerimos de autorización una vez pasadas las taquillas.
12.- ¿Puede un agente de las fuerzas del orden echarme de un lugar público por estar haciendo fotos?
No. Al menos, no por hacer fotos.
13.- ¿Y si me dicen que un edificio o avión es una marca registrada o tiene copyright?
En España un edificio o monumento no puede tener copyright.